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30 de Septiembre de 2021

Medidas y Efectos Cambiarios

• 29/09/2021: TRM $3.841,94 ↑
• 30/09/2021: TRM $3.834,68 ↓

El Ministerio de Hacienda subastó COP $750.000 millones de TES Verdes con vencimiento en 2031, siendo Colombia el segundo país latinoamericano en emitir bonos verdes soberanos. Con los mismos, se financiarán proyectos para cumplir con los compromisos ambientales y climáticos del país, reducción de los gases de efecto invernadero y alcanzar la carbono neutralidad a 2050.

 

La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría (4/3) iniciar un proceso de normalización de la política monetaria, incrementando la tasa de interés en 25 puntos básicos, llevándola al 2%.

Nuevos lineamientos en materia de política del riesgo contractual del Estado en proyectos de sistemas férreos de carga con participación privada.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social expidió el CONPES 4047 de septiembre de 2021. El documento presenta los lineamientos en materia de política de manejo del riesgo contractual del Estado en el caso de estructuración de proyectos de transporte de carga en vías férreas. Este documento sustituye los lineamientos que habían sido consignados en los documentos CONPES 3107 y 3133.

 

Estos lineamientos aplican para proyectos que funcionen bajo el esquema de participación privada, lo cual incluye, pero no se limita a los esquemas de asociación publico privada (APP) y a las concesiones. El documento señala que, como regla general, el riesgo se debe asignar a la parte que esté en mejor capacidad de administrarlo y que los mismos deben estar identificados y establecidos en el contrato.

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Actualización de las condiciones de venta o martillo electrónico de bienes

Mediante el Decreto 1133 de 2021, se modificó parcialmente el Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en lo relativo a los sitios de internet para la venta o martillo electrónico de bienes. En ese sentido, entre otros, establece que las instrucciones para la prestación de este servicio serán impartidas por la Superintendencia Financiera o por la Superintendencia que resulte competente.

 

Así mismo, se establece que serán los sitios de internet para la venta o martillo electrónico quienes fijarán las tarifas, teniendo en cuenta un estudio de mercado en el que se describan los gastos de operación y remuneración por la prestación del servicio, el cual deberá publicarse en la página web del respectivo sitio de internet. Las cámaras de comercio y los martillos legalmente autorizados deberán publicar las tarifas y expensas relacionadas con la prestación de este servicio. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

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Eventos

Comité de Entorno - Aspectos Legales de Relacionamiento Sindical  

03 / 10 / 2021

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Principales novedades legales para empresas del sector O&G

07 / 10 / 2021

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