El Tribunal Supremo considera que la lesión de su hombro es consecuencia del trabajo realizado, aunque éste no aparezca en la enumeración de actividades que pueden generar una dolencia profesional. El alto tribunal ve discriminatorio que la limpieza no esté entre las profesiones que pueden acarrear enfermedades laborales, que sí recoge los trabajos ejercidos mayoritariamente por hombres, como pintores, escayolistas, montadores de estructuras o mecánicos. |